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Administración municipal adoptó medidas por temporada festiva

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Panorámica de Sandoná

El alcalde de Sandoná Byron Zambrano
Rosas expidió un decreto encaminado a preservar el orden público y garantizar
una sana convivencia ciudadana
durante las festividades de verano que comienzan
este viernes y se extienden hasta el lunes 20 de agosto.

El artículo primero del Decreto 071 expresa:
Se prohíbe el tránsito de todo tipo de vehículo automotor en el perímetro
central de acceso a la Plaza parque y una cuadra a la redonda durante los
días  17, 18, 19 y 20 de Agosto de 2018
,
dicha restricción se mantendrá desde las 6:00 pm del 17 de Agosto hasta las
7:00 am del día 21 de Agosto de 2018”.
Mediante el artículo segundo se
modifica temporalmente el horario de atención al público de los
establecimientos de alto impacto
de la siguiente manera:
Viernes 17 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta la 01:00 de la mañana.
Sábado 18 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta la 01:00 de la mañana.
Domingo 19 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta la 01:00 de la mañana.
Lunes 20 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta la 01:00 de la mañana.
Parágrafo primero: las casetas que
expenden licor ubicadas al interior del parque principal
y casetas ambulantes y
estacionarias de comidas se abrirán y cerraran 
conforme al siguiente horario:
Viernes 17 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta 1:00 de la mañana del día siguiente.
Sábado 18 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta las 2:00 de la mañana del día siguiente.
Domingo 19 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta las 2:00 de la mañana del día siguiente.
Lunes 20 de agosto de 2018: desde
02:00 p.m. hasta las 2:00 de la mañana del día siguiente.
El artículo tercero señala “Se
prohíbe el consumo de licor a las afueras de tiendas, estancos y supermercados
,
facultando a la policía Nacional a realizar el respectivo decomiso en
cumplimiento de lo mencionado en el presente artículo.”
Así mismo el mandatario local,
mediante el Decreto 075, cambió temporalmente el sentido de algunas vías del
sector urbano
por la ejecución del proyecto de pavimentación de las vías
perimetrales al parque central entre la carrera 4 entre calle 4 y 6 y las
calles 5 y 6 entre las carreras 4 y 5.
“A partir de la fecha y hasta tanto
se terminen las obras viales adelantadas por el Municipio quedarán en doble
sentido para circulación de vehículos automotores y de otros medios no
motorizados las siguientes calles y carreras así: a) quedaran en doble sentido
las calles de la 1ra a las 13. b) quedarán doble sentido las carreras 2da a la
carrera 8va.” expresa el artículo primero citado decreto.
Y el artículo segundo delega “a la
Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Planeación e infraestructura para que
tomen las medidas administrativas necesarias para verificar la adopción y
cumplimiento de lo adoptado en el artículo primero
.”

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