La Federación Nacional de Comerciantes (FENALCO) hizo un llamado a los alcaldes y gobernadores del país para que se abstengan de imponer restricciones al expendio y consumo de bebidas alcohólicas durante las consultas interpartidistas programadas para el domingo 26 de octubre de 2025.
El gremio argumentó que el artículo 206 del Código Electoral limita la aplicación de la ley seca únicamente a las elecciones presidenciales y legislativas, sin incluir consultas populares o internas, por lo que aplicar la norma por analogía carece de sustento legal.
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FENALCO recordó que, según la Ley 1801 de 2016 y el Decreto 1740 de 2017, cualquier restricción debe ser razonable, necesaria y proporcional, y estar sustentada en estudios de seguridad que demuestren riesgos reales al orden público.
Asimismo, citó la sentencia C-825 de 2004 de la Corte Constitucional, que establece que estas medidas sólo son válidas ante amenazas comprobadas y deben ser temporales y justificadas.
El gremio también destacó que el Decreto 1090 de 2025 del Ministerio del Interior, que regula el orden público durante las elecciones y consultas, no contempla ley seca. Además, señaló que en la jornada del pasado 19 de octubre, varias administraciones impusieron la medida sin que se registraran alteraciones, lo que evidencia su falta de necesidad.
Finalmente, FENALCO instó a las autoridades locales a priorizar acciones preventivas y pedagógicas antes que restricciones que afecten las libertades económicas y los derechos de los consumidores. Según la entidad, “la democracia se fortalece con libertad y convivencia, no con restricciones innecesarias”.
Foto: Registraduría Nacional del Estado Civil
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