Ing. Miller Gómez Córdoba |
La secretaría de
planeación e infraestructura de Sandoná adelanta la convocatoria para la
integración del Consejo Territorial de Planeación -CTP.
La información la
entregó el secretario de planeación e infraestructura Miller Adrián Gómez
Córdoba quien invitó a los representantes de los diferentes sectores a
inscribirse en la oficina de la dependencia a su cargo.
entregó el secretario de planeación e infraestructura Miller Adrián Gómez
Córdoba quien invitó a los representantes de los diferentes sectores a
inscribirse en la oficina de la dependencia a su cargo.
Según el Departamento
Nacional de Planeación, los Consejos Territoriales de Planeación son instancias
territoriales de planeación, creados por disposición constitucional para
garantizar la participación ciudadana en la construcción y seguimiento de
políticas públicas a nivel territorial, en virtud del principio de la
planeación participativa.
Nacional de Planeación, los Consejos Territoriales de Planeación son instancias
territoriales de planeación, creados por disposición constitucional para
garantizar la participación ciudadana en la construcción y seguimiento de
políticas públicas a nivel territorial, en virtud del principio de la
planeación participativa.
Están regulados por
las siguientes normas: el Artículo 340 de la Constitución Política, la Ley 152
de 1994, la Sentencia C-191 de 1996 y la Sentencia C-524 de 2003.
las siguientes normas: el Artículo 340 de la Constitución Política, la Ley 152
de 1994, la Sentencia C-191 de 1996 y la Sentencia C-524 de 2003.
Art. 340 de la
Constitución Política de Colombia: Establece que en las entidades
territoriales también habrán Consejos de Planeación, los cuales junto con el
Consejo Nacional constituyen el Sistema Nacional de Planeación.
Constitución Política de Colombia: Establece que en las entidades
territoriales también habrán Consejos de Planeación, los cuales junto con el
Consejo Nacional constituyen el Sistema Nacional de Planeación.
Ley 152 de 1994: En
el Capítulo IX establece las autoridades e instancias territoriales de
planeación, otorgándole a los CTP, junto con las Asambleas Departamentales, los
Concejos Municipales, Distritales y de las Entidades Territoriales Indígenas,
el carácter de instancia. Adicionalmente implementa su composición y
funciones.
el Capítulo IX establece las autoridades e instancias territoriales de
planeación, otorgándole a los CTP, junto con las Asambleas Departamentales, los
Concejos Municipales, Distritales y de las Entidades Territoriales Indígenas,
el carácter de instancia. Adicionalmente implementa su composición y
funciones.
Sentencia C-191/96:
Los procesos de elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes
de desarrollo, tanto a nivel nacional como a nivel de las entidades territoriales, deben ser, en lo posible,
participativos, puesto que uno de los fines esenciales del Estado es
“facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y
en la vida económica, política y administrativa de la Nación”.
Los procesos de elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes
de desarrollo, tanto a nivel nacional como a nivel de las entidades territoriales, deben ser, en lo posible,
participativos, puesto que uno de los fines esenciales del Estado es
“facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y
en la vida económica, política y administrativa de la Nación”.
Sentencia C-524/03:
Resalta el papel que deben tener los consejos en relación con los planes de
desarrollo de las respectivas entidades territoriales. Establece que la función
consultiva de los Consejos de Planeación no se agota en la fase de discusión
del Plan, sino que se extiende a las etapas subsiguientes relacionadas con su
modificación.
Resalta el papel que deben tener los consejos en relación con los planes de
desarrollo de las respectivas entidades territoriales. Establece que la función
consultiva de los Consejos de Planeación no se agota en la fase de discusión
del Plan, sino que se extiende a las etapas subsiguientes relacionadas con su
modificación.