Adelantan convocatoria para integrar Consejo Territorial de Planeación

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Ing. Miller Gómez Córdoba

La secretaría de
planeación e infraestructura de Sandoná adelanta la convocatoria para la
integración del Consejo Territorial de Planeación -CTP
.

La información la
entregó el secretario de planeación e infraestructura Miller Adrián Gómez
Córdoba quien invitó a los representantes de los diferentes sectores a
inscribirse en la oficina de la dependencia a su cargo
.
Según el Departamento
Nacional de Planeación, los Consejos Territoriales de Planeación son instancias
territoriales de planeación, creados por disposición constitucional para
garantizar la participación ciudadana en la construcción y seguimiento de
políticas públicas a nivel territorial
, en virtud del principio de la
planeación participativa.
Están regulados por
las siguientes normas: el Artículo 340 de la Constitución Política, la Ley 152
de 1994, la Sentencia C-191 de 1996 y la Sentencia C-524 de 2003.

Art. 340 de la
Constitución Política de Colombia:​ Establece que en las entidades
territoriales también habrán Consejos de Planeación
, los cuales junto con el
Consejo Nacional constituyen el Sistema Nacional de Planeación.
Ley 152 de 1994: ​En
el Capítulo IX establece las autoridades e instancias territoriales de
planeación, otorgándole a los CTP, junto con las Asambleas Departamentales, los
Concejos Municipales, Distritales y de las Entidades Territoriales Indígenas,
el carácter de instancia. Adicionalmente implementa su composición y
funciones
.
Sentencia C-191/96:​
Los procesos de elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes
de desarrollo, tanto a nivel nacional como a nivel de las entidades territoriales
, deben ser, en lo posible,
participativos, puesto que uno de los fines esenciales del Estado es
“facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y
en la vida económica, política y administrativa de la Nación”.​

Sentencia C-524/03​:
Resalta el papel que deben tener los consejos en relación con los planes de
desarrollo de las respectivas entidades territoriales
. Establece que la función
consultiva de los Consejos de Planeación no se agota en la fase de discusión
del Plan, sino que se extiende a las etapas subsiguientes relacionadas con su
modificación.​​

Author: Admin

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