Reestructuración o exterminio territorial?

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Por: Iván Antonio Jurado Cortés
La Ley 89 del 25 de noviembre de 1890 en su
contenido de entrada, manifiesta:“Por la cual se determina la manera como deben
ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada”
. Este
título es la manera más diciente como los supuestos “blancos” o mestizos
conceptualizan la interpretación de ser indígena en Colombia. Es una lástima
que se mantenga este concepto que aunque hayan pasado más de cien años, aún
sigue prevaleciendo en esta sociedad supuestamente moderna. Es inadmisible
desde todo punto de vista como un gobierno que dice entender y velar por los
Derechos Humanos de sus representados, se preste para continuar con este burdo
atropello a unos ciudadanos
que por derecho propio han existido milenariamente
en estos territorios.
La Real Academia de la Lengua Española acoge
el concepto de salvajes con el siguiente significado: “Se dice del animal que
no es doméstico, y generalmente de los animales feroces. Sumamente necio, terco,
zafio o rudo
. U. t. c. s. En otras palabras, ser indio en este país es sinónimo
de incapacidad para velar por sí mismo y siempre tendrá la necesidad de
solicitar apoyo intelectual, de comportamiento y lo más injusto, buscar a una
persona quien los gobierne, ya que son limitados para proceder como persona
“civilizada”; prueba de ello tenemos que en pleno siglo XXI las transferencias
de recursos no se les hace directamente a los cabildos indígenas sino que
llegan a las administraciones locales, para que sean los alcaldes quienes por
Ley los administren. A pesar que la Corte Constitucional ha emitido varias
sentencias como la C- 139 de 1996, T – 492 de 1999; al igual que decretos
reglamentarios donde declaran inexequible algunos artículos demasiados salidos
de la realidad, esto no ha sido suficiente para corregir semejante insulto a la
dignidad de los pueblos aborígenes, ya que en el fondo se sigue imponiendo la
soberbia, terquedad y la actitud humillante de los supuestos intelectuales y
gobernantes, que equivocadamente piensan en administrar civilizadamente una
sociedad.
Ahora observemos que se entiende por
civilización: “Estadio cultural propio de las sociedades humanas más avanzadas
por el nivel de su ciencia, artes, ideas, cultura y costumbres”
. Con esto nos
damos cuenta que tan equivocada es la apreciación de pensar que los menos
civilizados son los aborígenes, desconociendo con esto su cultura, costumbres y
forma de vida; base indiscutible para la pervivencia de este conglomerado  mestizo colombiano. Sin olvidar que la
nobleza, honestidad y amor por lo propio tienen su origen en la cuna amerindia
.
En los últimos días se ha reactivado la Ley160 de 1994 conjuntamente con sus Decretos Reglamentarios como el 2663 de 1994
y 2164 de 1995
, donde se resume el procedimiento para la clarificación de la
propiedad colectiva. Aunque este mandato lleva más de 18 años, esta es la hora
que la mayoría de resguardos no lo han hecho efectivo. La razón fundamental es
la limitada claridad en esta normatividad, y de paso desconoce el Decreto del
20 de mayo de 1820 emanado en la presidencia de Simón Bolívar donde expresa
tácitamente la validez de los títulos de propiedad o resguardos concedidos por
la Corona Española a los indígenas.
El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
INCODER ha sido designado para realizar la tarea de reestructuración en los
asentamientos indígenas de todo el país
, especialmente en el suroccidente de la
patria, con el lema: “el que no se someta a este proceso tiende a desaparecer y
pierde la connotación de territorio colectivo”. Posición encontrada, ya que los
resguardos con título colonial no tienen por qué entrar en esta supuesta
clarificación que el gobierno desea. Actualmente existen 55 resguardos
coloniales, distribuidos así: 35 en Cauca, 16 en Nariño, 2 en Caldas y 2 en el
Putumayo
, equivalente a 410. 100 hectáreas, con una población de
aproximadamente 172.300 comuneros. No cabe duda que si estos territorios son
reestructurados, automáticamente pierden el sentido de coloniales o
republicanos, aboliendo con esto la cultura ancestral, tradición y por ende
modernizándose cultural y territorialmente, contrario a los principios de
autonomía y preservación étnica.
Claramente se puede detectar que el objetivo
de la famosa reestructuración orquestada por INCODER conlleva a una reducción
significativa de la propiedad ancestral
, debilitando su estructura de gobierno
propio, autonomía, generando conflicto entre comuneros, fomentando el desorden
y por supuesto induciendo sutilmente a los propietarios a registrar sus tierras
con escritura pública.
Necesariamente se debe socializar a
profundidad con toda la comunidad afectada los pro y contra de esta supuesta
reestructuración de los territorios aborígenes
, ya que son ellas las únicas que
tomen la más sabia decisión; incluso pensar en la Consulta Previa para que las
entidades encomendadas para esta engorrosa labor puedan operar en los
territorios indígenas.

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