Asesor jurídico explicó posición con respecto a las corralejas

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A raíz que en la presente temporada festiva no
se programaron las corralejas
como en ediciones anteriores el asesor jurídico
de la administración municipal Camilo Salazar Ortega dio a conocer el oficio
que le envió al alcalde Camilo Gómez Montero, al secretario de gobierno Darío
Vallejo López y a los integrantes de la junta de festividades.

Salazar Ortega en el escrito señala “La ley 84
de 1989 mediante la cual se adopta el 
Estatuto Nacional de Protección de los Animales, se crean unas
contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencias
,
expresa que los animales tendrán en todo el territorio nacional especial
protección contra el sufrimiento y el dolor causados directa o indirectamente
por el hombre”.
Explica que si bien es cierto la Corte
Constitucional mediante Sentencia C-666 declaró exequible la excepción que para
esos efectos estableció la ley frente a las corralejas, esta no procede en
Sandoná porque las corralejas no tienen tradición
, como en los pueblos de la
costa atlántica.
Sobre la reglamentación de espectáculos de
crueldad con los animales el asesor jurídico manifiesta que “este tipo de
espectáculo no tiene reglamentación alguna, que fije las condiciones y requisitos
aplicables a este otro tipo de espectáculo de maltrato animal
, que consiste en
la lidia de un toro, novillo o similares por personas que no tienen la
formación de toreros”.
Prosigue “al respecto es preciso plantear que
en un espectáculo de tal vulgaridad y atraso como la corraleja, el maltrato no
se produce sólo frente al animal sino frente a las personas que allí
participan
, siendo esto entonces una doble manifestación de la barbaridad de un
pueblo, que permite ese tipo de actos”.
Con base en el criterio político y moral
Salazar Ortega expresa “mi concepción al respecto obedece a un criterio de
contenido político y también moral respecto a nuestra relación con otros seres
vivos
, esto es, con los animales, que implican el deber de protección y por
otra la construcción de otro tipo de cultura, que rebase aquella que represente
la barbarie y la muerte”.
Y añade “En ese sentido considero desde esos
puntos de vista absolutamente legal que el municipio de Sandoná a través de sus
autoridades prohíba ese tipo de espectáculos
y por otra la inconveniencia en su
realización como quiera que está de por medio la defensa de la identidad
cultural de nuestro pueblo, que no se da precisamente con ese tipo de actos,
que pregunto, que aportan a nuestros niños y jóvenes, que en el futuro seguro
condenarán los actos de barbarie que promovamos hoy”.

“De esa forma quiero plantear que me abstengo de
proyectar acto administrativo tendiente a otorgar permiso para ese espectáculo
,
en mi condición de Asesor Jurídico del municipio” agrega el abogado en su
escrito.

Author: Admin

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