![]() |
Foto: El Espectador |
El presidente
de la república Juan Manuel Santos convocó al pueblo colombiano para que el
domingo 26 de agosto del presente año decida si aprueba o rechaza la “Consulta
Popular Anticorrupción”.
La decisión del
jefe del estado esta contendida en el Decreto 1028 del 18 de junio de 2018, que
en su artículo primero señala: “Convóquese en todo el territorio nacional al
pueblo de Colombia para que el domingo veintiséis (26) de agosto de 2018, en
ejercicio de su soberanía, decida si aprueba o rechaza el mecanismo de
participación ciudadana consulta popular denominado “Consulta Popular
Anticorrupción”, con el siguiente contenido, de conformidad con la inscripción
realizada por el Comité Promotor reconocido por la Registraduría Nacional del
Estado Civil”.
jefe del estado esta contendida en el Decreto 1028 del 18 de junio de 2018, que
en su artículo primero señala: “Convóquese en todo el territorio nacional al
pueblo de Colombia para que el domingo veintiséis (26) de agosto de 2018, en
ejercicio de su soberanía, decida si aprueba o rechaza el mecanismo de
participación ciudadana consulta popular denominado “Consulta Popular
Anticorrupción”, con el siguiente contenido, de conformidad con la inscripción
realizada por el Comité Promotor reconocido por la Registraduría Nacional del
Estado Civil”.
Las preguntas
que deberán responder los ciudadanos con un SI o un NO, están relacionadas con
los siguientes temas:
que deberán responder los ciudadanos con un SI o un NO, están relacionadas con
los siguientes temas:
1. Reducir el
salario a los congresistas y altos funcionarios.
salario a los congresistas y altos funcionarios.
2. Cárcel a
corruptos y prohibirles volver a contratar con el Estado.
corruptos y prohibirles volver a contratar con el Estado.
3. Contratación
transparente obligatoria en todo el país.
transparente obligatoria en todo el país.
4. Presupuestos
públicos con participación de la ciudadana.
públicos con participación de la ciudadana.
5. Congresistas
deben rendir cuentas de su asistencia, votación y gestión.
deben rendir cuentas de su asistencia, votación y gestión.
6. Hacer
públicas las propiedades e ingresos injustificados de políticos elegidos y
extinguirles el dominio.
públicas las propiedades e ingresos injustificados de políticos elegidos y
extinguirles el dominio.
7. No más
atornillados en el poder: máximo 3 periodos en corporaciones públicas.
atornillados en el poder: máximo 3 periodos en corporaciones públicas.
En sus siguientes
artículos se refiere a la organización electoral; campaña; remisión normativa sobre
publicidad, encuestas, escrutinios y reclamaciones; uso de celulares y otros
aparatos en los puestos de votación; ley seca; pedagogía; comunicación a la
Registraduría Nacional del Estado Civil; vigencia.
artículos se refiere a la organización electoral; campaña; remisión normativa sobre
publicidad, encuestas, escrutinios y reclamaciones; uso de celulares y otros
aparatos en los puestos de votación; ley seca; pedagogía; comunicación a la
Registraduría Nacional del Estado Civil; vigencia.
Según el diario
El Espectador: “No obstante, aunque el mecanismo logró poner de acuerdo a las
bancadas en el Congreso para que votaran favorablemente su conveniencia —algo
que no había alcanzado ni siquiera el Acuerdo de Paz—, la iniciativa enfrenta
ahora su mayor reto: convocar a la cantidad de personas necesaria para superar
el umbral de participación que determina la ley, según la cual, para que tenga
validez, debe votar por lo menos el 30 % del censo electoral vigente. Es decir,
para que los mandatos sean de obligatorio cumplimiento deberán sufragar unos 12
millones de colombianos.”
El Espectador: “No obstante, aunque el mecanismo logró poner de acuerdo a las
bancadas en el Congreso para que votaran favorablemente su conveniencia —algo
que no había alcanzado ni siquiera el Acuerdo de Paz—, la iniciativa enfrenta
ahora su mayor reto: convocar a la cantidad de personas necesaria para superar
el umbral de participación que determina la ley, según la cual, para que tenga
validez, debe votar por lo menos el 30 % del censo electoral vigente. Es decir,
para que los mandatos sean de obligatorio cumplimiento deberán sufragar unos 12
millones de colombianos.”
“La gente cree
que lo difícil era todo este trámite, pero ahora viene lo realmente complejo,
que es lograr las mayorías ciudadanas en las urnas para que estos siete
mandatos anticorrupción se conviertan en una realidad”, señaló Claudia López,
senadora de la Alianza Verde y una de las promotoras de la iniciativa, en
entrevista reciente con El Espectador.
que lo difícil era todo este trámite, pero ahora viene lo realmente complejo,
que es lograr las mayorías ciudadanas en las urnas para que estos siete
mandatos anticorrupción se conviertan en una realidad”, señaló Claudia López,
senadora de la Alianza Verde y una de las promotoras de la iniciativa, en
entrevista reciente con El Espectador.
Ese reto en las
urnas lo ha calificado como la “real batalla”, pues implicará que los
colombianos que rechazan la corrupción salgan de los computadores y las redes
sociales, depositen su voto y aprueben las medidas que consideren necesarias
para garantizar mayor transparencia en varios asuntos en el Estado. “Vamos a
demostrar que no es quejándonos, que no es en Twitter ni en Facebook como vamos
a derrotar la corrupción, es en las urnas donde tenemos que domesticar a la
clase”, concluyó la congresista.
urnas lo ha calificado como la “real batalla”, pues implicará que los
colombianos que rechazan la corrupción salgan de los computadores y las redes
sociales, depositen su voto y aprueben las medidas que consideren necesarias
para garantizar mayor transparencia en varios asuntos en el Estado. “Vamos a
demostrar que no es quejándonos, que no es en Twitter ni en Facebook como vamos
a derrotar la corrupción, es en las urnas donde tenemos que domesticar a la
clase”, concluyó la congresista.
En caso de que
la consulta obtenga la participación necesaria, los mandatos serán de
obligatorio cumplimiento por parte del Estado. Además, la reglamentación y la
expedición de las leyes que se necesiten, por ejemplo, para reducir el salario
de los congresistas o implementar la utilización de pliegos tipos en la
contratación estatal, se deberá hacer realidad en máximo un año.
la consulta obtenga la participación necesaria, los mandatos serán de
obligatorio cumplimiento por parte del Estado. Además, la reglamentación y la
expedición de las leyes que se necesiten, por ejemplo, para reducir el salario
de los congresistas o implementar la utilización de pliegos tipos en la
contratación estatal, se deberá hacer realidad en máximo un año.
Por supuesto,
hay muchas dudas sobre el mecanismo, pues desde que la Constitución de 1991 lo
expidió, es la primera vez que se utilizará en el país, a pesar de que ya ha
habido consultas locales en diferentes regiones, como las que se han realizado
en contra de la explotación minera en municipios como Cajamarca (Tolima) o Pijao
(Quindío), entre otros.
hay muchas dudas sobre el mecanismo, pues desde que la Constitución de 1991 lo
expidió, es la primera vez que se utilizará en el país, a pesar de que ya ha
habido consultas locales en diferentes regiones, como las que se han realizado
en contra de la explotación minera en municipios como Cajamarca (Tolima) o Pijao
(Quindío), entre otros.
Nota original de El Espectador:
Decreto 1028 Convocatoria a Consulta by Miguel Córdoba on Scribd