Toque de queda para menores de edad en Sandoná

Spread the love

La alcaldesa de Sandoná María Fernanda Hidalgo Basante implementó el toque de queda para niños, niñas y adolescentes en el territorio municipal entre este jueves 19 de marzo y el 20 de abril del presente año, entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana del día siguiente.

La medida quedó consignada en el literal D del artículo primero del Decreto 052 del 19 de marzo del 2020 que modificó dos artículos del Decreto 050 que fue expedido el pasado lunes, mediante el cual se adoptaron medidas para la preservación de la salud y la vida de los sandoneños.

Así mismo la mandataria local implementó las ventas controladas en droguerías, supermercados y similares, como los establecen los literales H e I del mismo artículo.

Las medidas establecidas son las siguientes:

A. Ordenar a partir de las seis de la tarde (6:00 p.m.) del 19 de marzo de 2.020 y hasta el 30 de mayo de 2.020, la suspensión de reuniones, aglomeraciones, actividades económicas, sociales, cívicas, religiosas o políticas, entre otras, sean estas públicas o privadas, cuando las mismas concentren un número mayor a cincuenta (50) personas.

B. Suspender temporalmente el funcionamiento de establecimientos de esparcimiento como discotecas, bares, galleras, gimnasios, balnearios, barras, salones de eventos y similares.

C. Ordénese la suspensión de comercio informal que se desarrolle sobre vías, parques o plazas públicas, relacionadas con manipulación de alimentos.

D. Ordenar toque de queda de niños, niñas y adolescentes en el Municipio, entre las seis de la tarde (6:00 p.m.) y las seis de la mañana (6:00 a.m.) a partir del 19 de marzo de 2.020 y hasta el 20 de abril de 2020.

E. Prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, a partir de las seis de la tarde (6:00 p.m.) del 19 de marzo de 2020 hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del 30 de mayo de 2020.

F. Restringir el tránsito de motocicletas sobre las calles y vías municipales entre la 6 p.m. y las 6 a.m.

E. Ordenar a los representantes legales y/o administradores de hoteles y de empresas de transporte intermunicipal, para que de manera inmediata al registro o venta de tiquetes; o a la llegada de extranjeros, informen dicha circunstancia a la secretaría de Gobierno del Municipio.

H. Ordenar a droguerías y farmacias con sede en el Municipio, para que dispensen, suministren y vendan de manera adecuada y equitativa tapabocas, alcohol y productos antibacteriales, evitando en consecuencia el acaparamiento.

l. Ordenar a supermercados y similares con sede en el Municipio de Sandoná, para que dispensen, suministren y venden de manera adecuada y equitativa los productos básicos de la canasta familiar.

J. Ordenar a los establecimientos abiertos al público para que cumplan con las normas sanitarias.

El artículo octavo quedará de la siguiente manera: El presente decreto rige a partir de su fecha de su expedición y permanecerá vigente mientras persistan las circunstancias que dieron origen a su expedición; o hasta cuando lo determine el Gobierno Nacional.

La secretaria de gobierno Mónica Fajardo Cabrera indicó que copias de los Decretos 050 y 052 se remitirán a la Gobernación de Nariño y al Ministerio del Interior.


Author: Admin

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *