Administración emitió decreto para preservar el orden público

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La administración municipal emitió el decreto
por medio del cual se establecen medidas para la preservación del orden público

durante las elecciones presidenciales a desarrollarse el próximo domingo.

El decreto firmado por el alcalde Camilo Gómez
Montero luego de hacer algunas consideraciones prohíbe la venta y consumo de
bebidas embriagantes desde las 6 de la mañana de este sábado hasta las 6 de la
mañana del día lunes
, norma conocida como “Ley seca”.
La norma expresa que de conformidad del
Decreto 891 del 13 de mayo 2014, durante el día de las elecciones se prohíbe toda clase de
propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines
político-electorales a través de radio, prensa y televisión, así como la
propaganda móvil, estática o sonora. Se exceptúa de la anterior prohibición el
elemento de ayuda que porta el elector en lugar no visible para identificar el
partido, movimiento, grupo o candidato por quién votará
.
Durante el día de elecciones no podrán
colocarse nuevos carteles, pasacalles, vallas, afiches destinados a difundir
propaganda electoral, así como su difusión a través de cualquier tipo de nave o
aeronave y se prohíbe a los concesionarios del servicio de radiodifusión
sonora, escrita en general y a todas las modalidades de televisión legalmente autorizadas en el país, difundir propaganda política electoral
.
Entre las 6 de la tarde de este sábado y las 6
de la mañana del lunes se prohíbe el transporte de gas propano, madera y
escombros y de igual manera se restringe el tránsito vehicular por la calle 11
entre carreras 4 y 5 (IE Santo Tomás de Aquino, lugar donde se realizarán las
elecciones)
y en la calle 4 entre carreras 4 y 5 (sede de la registraduría
municipal)
De igual manera se
restringe la circulación y permanencia de personas menores de 18 años por las
vías y lugares de uso público
, en el horario comprendido entre las 10 de la
noche del día sábado hasta las 5 de la mañana del día lunes.

Finalmente el decreto prohíbe la contratación de
personas conocidas como auxiliares electorales, pregoneros, informadores, guías
y demás denominaciones y se prohíbe la ubicación de casetas informativas y/o
puestos de información móviles el día del debate electoral.

Author: Admin

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