Foto: Alexander Ocaña Rosero |
la movilización social realizada este lunes en la ciudad de Pasto con el fin de
reclamar sus derechos.
los demás manifestantes de las demás subregiones del departamento.
Fuelantala de Dignidad Agropecuaria, Jairo Gaviria de Dignidad Cafetera, José
Luis Iguá representante de los cerealeros, Erick Velasco de los paperos y
Marino Rivera de los cafeteros sandoneños.
creación de un fondo de estabilización de los precios del café, sobre el cual expresaron que el gobierno nacional constituyó una comisión que se encargará de
analizar esta propuesta.
Chávez Gracía señaló que los voceros así mismo le enviaron el mensaje de protesta
al gobierno nacional por la drástica reducción del presupuesto para el sector
agropecuario para el año 2016 que está estimado en la suma de 1.4 billones de pesos.
recordaron el incumplimiento del gobierno nacional a las actas firmadas luego
de levantar los paros del año 2013, en las cuales estaba contemplado el pliego
de peticiones, el mismo que busca que el cultivo del grano sea rentable.
agricultores nariñenses se dedicarán a impulsar un acto legislativo de
iniciativa popular que proteja el sector agropecuario, mediante el desarrollo
de los artículos 64, 65 y 66 de la Constitución Nacional.
siguiente:
acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en
forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda,
seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los
productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y
calidad de vida de los campesinos.
ARTICULO 65. La producción de alimentos gozará
de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al
desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras,
forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de
infraestructura física y adecuación de tierras.
investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos
y materias primas de origen agropecuario, con el propósito de incrementar la
productividad.
66. Las disposiciones que se dicten en materia crediticia podrán
reglamentar las condiciones especiales del crédito agropecuario, teniendo en
cuenta los ciclos de las cosechas y de los precios, como también los riesgos inherentes
a la actividad y las calamidades ambientales.
Fotos: Cortesía Alexander Ocaña Rosero