El derecho a la protesta

Spread the love
Visión de mujer
Por Elsy Melo Maya
No creo que nadie esté en contra del derecho a la protesta, un
logro consagrado en el Art. 37 de la
C.N. de 1991
, pero de  igual manera surgen
los cuestionamientos frente a las vías de hecho que de la mayoría de ellas se
derivan: ¿será que se desconoce que los hechos violentos generados dentro de las mismas, dan lugar a la configuración de varios
delitos? ¿tienen claridad quienes
protestan sobre las consecuencias
legales de las vías de hecho? O será que prefieren ignorarlas porque les conviene. Esta parece ser la realidad de
lo que se presenta en la actualidad sobre todo en el departamento del Cauca, según los
hechos e imágenes por todos conocidas.

Cabe 
recordar, que la Corte
Constitucional en sentencia C742/12 se
pronuncia frente a posibles vacíos respecto a la protesta social y las
interpretaciones de la Constitución; es
claro que se debe proteger a quienes se reúnan y se manifiesten
públicamente de manera pacífica
, pero en
el momento en que se tipifiquen delitos como obstrucción de vías públicas, que
se afecte el orden público, la perturbación en el servicio de transporte
público, etc., la obligación del Estado de proteger el derecho a la protesta se
transforma en la obligación de velar 
por los derechos de los demás; cuando los derechos se convierten en vías
de hecho que afectan el equilibrio
social, el Estado debe actuar en su amparo. 
Es lamentable que en Colombia donde se
garantiza el diálogo con los diferentes niveles estatales –  como no ocurre en países vecinos donde el ordenamiento legal
pareciera no existir – se haya
convertido casi que en una costumbre, acudir a las vías de hecho para
presionar
 y hasta imponer la suscripción de acuerdos que en ocasiones
por ser tan onerosos e imposibles de cumplir en los términos establecidos,
terminan convertidos en letra muerta.
      
El protagonismo de las protestas sociales
debería traducirse en un espacio de
debate serio y responsable, donde se analicen y atiendan las justas
reclamaciones sin agregar más violencia,
pobreza y desastres a los ya
existentes
, pues finalmente es el mismo pueblo colombiano el que sufre las consecuencias de una u otra forma y además termina asumiendo a través de los
impuestos, tasas o contribuciones, el costo de los compromisos.

Junio 13 de 2016

Este es un espacio de opinión destinado a
columnistas, blogueros, comunidades y similares. Las opiniones aquí expresadas
pertenecen exclusivamente a los autores que ocupan los espacios destinados a
este fin por el blog Informativo del Guaico y no reflejan la opinión o posición
de este medio digital.

Author: Admin

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *