Embarazo: vida o muerte

Spread the love

Visión de mujer
Por Elsy Melo Maya
elsy.ya@hotmail.com

Es una realidad que la mujer-madre es el símbolo de la vida, lo cual es apenas obvio por su propia naturaleza y condición orgánica para generar vida, pero igualmente y desde siempre, la verdad es que a la mujer se le ha impuesto la inmensa responsabilidad de asumir unilateralmente el control de la natalidad y es así como la inmensa mayoría de los métodos anticonceptivos, se han producido para ser consumidos por ella o implantados en su cuerpo. En la actualidad, son muy claros los conocimientos médico-científicos que establecen los riegos a los cuales se expone la madre durante el embarazo, de tal manera que consentido o no, siempre será un riesgo latente.

La Corte Constitucional mediante su sentencia C-055-22 del pasado lunes 21 de febrero, mediante decisión impulsada por el movimiento Causa Justa, despenalizó la interrupción del embarazo al declarar exequible la tipificación del delito del aborto consentido, estableciendo que no se configura como tal, cuando sea practicado antes de la semana 24 de gestación y quedando sin sujeción a éste término, aquellos casos que correspondan a las causales contempladas en pronunciamientos anteriores.

Frente a esta determinación que propició toda clase de manifestaciones y opiniones en favor y en contra, lo realmente importante sigue siendo la responsabilidad con que el hombre y la mujer y no únicamente ella, asuman el tema de las relaciones sexuales, para precisamente no tener que acudir a una medida extrema como es la interrupción de un embarazo. No son un secreto las cifras de mujeres que han muerto como consecuencia de este procedimiento realizado inadecuadamente y en su gran mayoría de manera clandestina. De tal forma que procurar la conservación de la vida de la mujer a través de políticas de salud pública, es lo más apropiado y por supuesto que se le debe brindar la oportunidad de acceder a las instituciones de salud, con los profesionales idóneos para atender esta clase de situaciones, máxime cuando el embarazo lleve implícitas situaciones de violación o peligro para la madre, entre otras causas.

Ahora bien, respecto del término referido en la sentencia de los 6 meses, tampoco es un secreto para nadie que, en ese término de gestación, el feto está formado casi en su totalidad y por supuesto que también representa un mayor riego para la madre. Por estas razones, me atrevo a decir que tal procedimiento debería practicarse solo en circunstancias extremas y necesarias, no solo por las consecuencias físicas sino también por las afectaciones psicológicas que sin duda se presentarán entre quienes tomen tal determinación, pues quien considere que un aborto es tan solo un procedimiento quirúrgico, está muy equivocado y así lo están quienes pretendan interpretar, que el aborto puede ser tomado como una forma de planificación o una manera fácil de evadir una responsabilidad tan importante.

Febrero 28 de 2022

Este es un espacio de opinión destinado a columnistas, blogueros, comunidades y similares. Las opiniones aquí expresadas pertenecen exclusivamente a los autores que ocupan los espacios destinados a este fin por la página Informativo del Guaico y no reflejan la opinión o posición de este medio digital.

Author: Admin

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *