La administración municipal de Sandoná emitió
un decreto por medio del cual se adoptan algunas medidas de carácter preventivo
y policivo tendientes a la preservación del orden público y convivencia ciudadana.
un decreto por medio del cual se adoptan algunas medidas de carácter preventivo
y policivo tendientes a la preservación del orden público y convivencia ciudadana.
El acto administrativo firmado por el alcalde
Camilo Gómez Montero restringe el tránsito de motocicletas de todo cilindraje
en el municipio de Sandoná durante los días 24 y 31 de diciembre entre las 4 de
la tarde y las 6 de la mañana del día siguiente; el 28 de diciembre entre las 6
de la mañana y las 6 de la mañana del día 29 de diciembre.
Camilo Gómez Montero restringe el tránsito de motocicletas de todo cilindraje
en el municipio de Sandoná durante los días 24 y 31 de diciembre entre las 4 de
la tarde y las 6 de la mañana del día siguiente; el 28 de diciembre entre las 6
de la mañana y las 6 de la mañana del día 29 de diciembre.
El secretario de gobierno Jorge Zambrano
Ágreda indicó que así mismo se restringe el tránsito de este tipo de vehículos
desde las 6 de la mañana del día domingo 4 de enero de 2015 hasta las 6 de la
mañana del día jueves 8 de enero de 2015.
Ágreda indicó que así mismo se restringe el tránsito de este tipo de vehículos
desde las 6 de la mañana del día domingo 4 de enero de 2015 hasta las 6 de la
mañana del día jueves 8 de enero de 2015.
Se exceptúan de la restricción las
motocicletas al servicio de la policía nacional, fuerzas militares, fiscalía
general de la nación, organismos de socorro, personal de las empresas de
servicios públicos domiciliarios, comunicadores debidamente acreditados,
escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental y municipal,
funcionarios de la personería municipal y personal de salud.
motocicletas al servicio de la policía nacional, fuerzas militares, fiscalía
general de la nación, organismos de socorro, personal de las empresas de
servicios públicos domiciliarios, comunicadores debidamente acreditados,
escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental y municipal,
funcionarios de la personería municipal y personal de salud.
La norma igualmente prohíbe el parqueo de motos
a las afueras de bares, billares, fuentes de soda, o todo lugar que se
considere espacio público en especial las carreras 4 y 5 desde el hospital
Clarita Santos hasta la salida a la ciudad de Pasto.
a las afueras de bares, billares, fuentes de soda, o todo lugar que se
considere espacio público en especial las carreras 4 y 5 desde el hospital
Clarita Santos hasta la salida a la ciudad de Pasto.
En el tema de armas de fuego con salvoconducto
el decreto las prohíbe desde las 7 de la mañana del día miércoles 24 de
diciembre de 2014 hasta las 6 de la mañana del día jueves 8 de enero de 2015 y
si hay incumplimiento el portador será sancionado con la retención del arma.
el decreto las prohíbe desde las 7 de la mañana del día miércoles 24 de
diciembre de 2014 hasta las 6 de la mañana del día jueves 8 de enero de 2015 y
si hay incumplimiento el portador será sancionado con la retención del arma.
El funcionario manifestó que por primera vez a
través de un decreto se prohibió la comercialización, almacenamiento y
lanzamiento de bombas que contengan agua u otro tipo de líquido en todo el
municipio de Sandoná, por considerarlas grave amenaza contra la vida,
integridad física y salud de las personas, que podría ocasionar violencia entre
los habitantes de la comunidad.
través de un decreto se prohibió la comercialización, almacenamiento y
lanzamiento de bombas que contengan agua u otro tipo de líquido en todo el
municipio de Sandoná, por considerarlas grave amenaza contra la vida,
integridad física y salud de las personas, que podría ocasionar violencia entre
los habitantes de la comunidad.
Expresó que quien comercialice o almacene
bombas incurrirá en sanción pecuniaria de uno a cinco salarios mínimos legales
mensuales vigentes y el decomiso de la mercancía. Así mismo la Estación de
Policía de Sandoná impondrá el cierre del establecimiento infractor por siete
días.
bombas incurrirá en sanción pecuniaria de uno a cinco salarios mínimos legales
mensuales vigentes y el decomiso de la mercancía. Así mismo la Estación de
Policía de Sandoná impondrá el cierre del establecimiento infractor por siete
días.
Sostuvo que si se encuentra un menor
manipulando, portando o usando o lanzando bombas contenidas de agua u otro
líquido, le será decomisado el producto y será conducido y puesto a disposición
de la Comisaria de Familia Municipal, quien determinará las medidas de
protección a adoptar.
manipulando, portando o usando o lanzando bombas contenidas de agua u otro
líquido, le será decomisado el producto y será conducido y puesto a disposición
de la Comisaria de Familia Municipal, quien determinará las medidas de
protección a adoptar.
Zambrano Ágreda añadió que la policía y la
inspección de policía quedaron facultadas para iniciar los operativos respectivos en los lugares
donde se comercializa bombas.