Fotomultas (y 2): A Personería y Procuraduría, con respeto

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Desde Nod
Por Alejandro García Gómez
pakahuay@gmail.com
No vamos a entrar en la controversia sobre las
cámaras de las fotomultas. En gracia de discusión, digamos que son un hecho. Lo
que no podemos aceptar son varios cuestionables procedimientos que se derivan
de su establecimiento
. Veamos.

En mi anterior artículo había contado que me
vi precisado a elevar otro Derecho de Petición (DP) este año -31.III.15- al
Tránsito de Medellín. Cumplida la fecha que da la ley y sin respuesta,
interpuse una tutela
. Pero antes, en el interregno de la espera de la respuesta
a mi DP, sobrevino una llamada -14.IV.15- de quien dijo ser funcionaria que lo
hacía a nombre de la Secretaría de Movilidad (Tránsito) de Medellín y llamarse
Dani Gómez. Comenzó preguntándome que qué había pensado sobre el pago de la
infracción. Le respondí que estaba a la espera de una respuesta a un DP. Que yo
podía pagar antes y esperar a que se me responda, “porque puede ser aprobado o
negado su DP”, me dijo. En una conversación más o menos extensa (de la que
extraigo un representativo mínimo) con paciencia le volví a exponer todo mi
historial, con la esperanza de que ella me diera alguna luz sobre mi situación
general. Al final de mi relato me respondió “yo sólo sé de cobros”, “del área
de cobros”, se corrigió. “Hay otras [áreas] más” y me nombró algunas siglas
.
Uno tiene la sensación de que hay un desorden entre esas áreas, le dije. Se
hizo silencio. “¿Es que cada una trabaja por su lado?”, volví a la carga. “No
se reúnen”, respondió después de otro gran silencio. Le expuse que una
sentencia de una Alta Corte ordena a las secretarías de tránsito del país a
identificar e informar efectiva y oportunamente a los infractores como parte de
un debido proceso, cosa que no había ocurrido conmigo. “Eso fue un caso puntual
para una persona de Armenia. Cada caso es aparte”, contestó. Y entonces, ¿las
doctrinas de las cortes para qué son? Silencio.
Como dije, cumplido el plazo de ley sin
respuesta a mi DP, interpuse un amparo. Ya interpuesta la tutela, me llegó con
fecha de 27.IV.15, pero días después, contestación a mi DP, con copia al
juzgado, ¡pero a nombre de otra persona, una mujer, por varias infracciones de
ella con una moto! A cambio, ya desde el 20 de abril me habían empezado a
llegar mensajes de texto con “advertencias” -¿intimidaciones?- sobre embargos a
seguirme. En el tiempo del proceso de la tutela siguieron diariamente. Conté
con la fortuna de que ninguno me llegó a altas horas nocturnas o en la
madrugada, como me lo señalaron algunos afectados a quienes encontré en mis
visitas a las oficinas del Tránsito de Medellín
. Las “advertencias” a mí eran
en el día, gracias a Dios.
Un juez de la república falló a mi favor
–07.V.15-. De uno de los apartes del veredicto 
subrayo: “… De lo anterior, surgen las siguientes inquietudes, ¿Qué es
lo que revisan los inspectores de tránsito al momento de atender una solicitud,
si en la respuesta ni siquiera le atinan al número de comparendo que es objeto
de lo solicitado?
Y ¿Qué tipo de estudio o análisis se le brinda a las
solicitudes de los ciudadanos, si de las respuestas, como en este caso, se
desprende que son un mero formato de plantilla?, los anteriores interrogantes
dejan mucho qué pensar, así como lo deja la respuesta brindada a la petición en
el caso sub exámine”.

No sé si ya ha se han empezado a disparar
fotomultas desde un vehículo que, según el Tránsito de Medellín empezaría a
hacerlo, además de los puestos fijos ya existentes
. “Cámara móvil: ¿negocio o
solución?”, del columnista Iván Guzmán (EL MUNDO, 05.V.15), hace un reflexivo
análisis de esta nueva situación como un complemento a la muy delicada falta de
movilidad del Medellín actual, que se agravó –y así continúa- con la
construcción de los llamados Parques del Río. Además, lo que señala revista
Semana (abril 2014, según C.M. Jaramillo en mi anterior artículo) es serio.
Respetuosamente, ¿no será hora de que Procuraduría y Personería se pronuncien?
25.VI.15

Este es un espacio de opinión destinado a
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pertenecen exclusivamente a los autores que ocupan los espacios destinados a
este fin por el blog Informativo del Guaico y no reflejan la opinión o posición
de este medio digital.

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