
Una sentencia en firme del Tribunal Administrativo de Nariño ha marcado un precedente judicial en defensa de los derechos colectivos, poniendo fin a años de desorden, ruido y deterioro en los barrios Las Cuadras y Parque Infantil de Pasto. El fallo, emitido el pasado 20 de mayo por la Sala Primera de Decisión en segunda instancia, obliga a la Alcaldía y a los propietarios de bares y discotecas a implementar medidas inmediatas y definitivas para restablecer el orden y la convivencia en estos sectores residenciales.
La decisión, que no admite apelación, fue calificada como una “victoria contundente de la ciudadanía” por los accionantes y sienta un precedente jurídico de gran impacto para la región y el país.
Acción ciudadana contra la anarquía urbana
La acción popular, identificada con el número 52001233300020220016601, fue interpuesta por habitantes de la zona comprendida entre las calles 18 a 20 y las carreras 29 a 31C, quienes denunciaron la vulneración de derechos al ambiente sano, al espacio público y a la seguridad ciudadana. Entre sus solicitudes figuraban la suspensión de licencias a establecimientos que generaban ruido excesivo y expendían licor sin control, la recuperación del espacio público invadido por vehículos y vendedores, y el restablecimiento del orden en el sector.
La situación, según los testimonios, se había vuelto insostenible: ocupación ilegal de andenes, basuras y desechos fisiológicos en la vía pública, música a alto volumen hasta la madrugada, y repetidas intervenciones de la Policía con sirenas y escasa eficacia.
Una decisión con antecedentes
En septiembre de 2023, el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto ya había fallado a favor de los residentes, señalando que el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), aprobado mediante el Acuerdo 004 de 2015, permitió el uso mixto del suelo sin prever medidas de mitigación del impacto urbano. El fallo también indicó que muchos establecimientos funcionaban sin licencias adecuadas ni sistemas de insonorización, afectando directamente derechos fundamentales como la tranquilidad, la salud y la planificación urbana.
La Alcaldía de Pasto apeló el fallo, alegando que la problemática derivaba de una mala implementación del POT y no del instrumento como tal, además de considerar desproporcionado el mandato judicial que exigía modificarlo en un plazo de nueve meses.
Tribunal ratifica vulneración, pero plantea otra ruta
El Tribunal Administrativo de Nariño ratificó la vulneración de los derechos colectivos, pero revocó la obligación de modificar el POT, argumentando que se trata de un proceso técnico y jurídico complejo, que requiere aprobación del Concejo Municipal. En su lugar, ordenó la adopción de medidas inmediatas y definitivas para mitigar los impactos.
Entre ellas se destacan:
- Verificación del cumplimiento de licencias, horarios, niveles de ruido y aislamiento acústico en un mes.
- Realización de estudios técnicos y ejecución de obras de insonorización en dos meses, so pena de cierre o sanciones.
- Controles quincenales nocturnos coordinados por la Alcaldía, Policía, CORPONARIÑO y autoridades de tránsito.
Responsabilidad compartida
El fallo impone también obligaciones claras a los propietarios de los establecimientos:
- Suspender el uso de torres de sonido hacia el exterior.
- Adecuar sus locales con materiales acústicos.
- Operar a puerta cerrada y dentro de los niveles de ruido permitidos.
El Tribunal dejó claro que tanto autoridades como particulares deben cumplir con sus responsabilidades, y que el uso mixto del suelo no exime el respeto por las normas ni autoriza perturbaciones al orden público.
Seguimiento y vigilancia: una nueva etapa
Para garantizar el cumplimiento de las órdenes, se conformó un Comité de Verificación integrado por la jueza, la comunidad, la Alcaldía, la Personería y la Procuraduría. El próximo 10 de junio se realizará una sesión clave, en la que se evaluará un incidente de desacato contra funcionarios de la administración, incluido el alcalde Nicolás Toro, cuya presencia ha sido exigida de manera indelegable.
Un precedente nacional
Para los residentes, este fallo representa una luz de esperanza luego de años de reclamos desatendidos. También plantea un debate profundo sobre la necesidad de armonizar el desarrollo económico con los derechos fundamentales y la calidad de vida de los ciudadanos. Más allá de Pasto, el caso se convierte en una referencia obligada para otras ciudades del país que enfrentan problemas similares de urbanismo desordenado y omisión institucional.
Con información y foto de El Radar del Sol