
Entre las consideraciones básicas encaminadas a salvaguardar la seguridad e integridad de la labor del personal y equipo sanitario que cumple acciones de salud, especialmente ante situaciones de conflicto armado, para la utilización del emblema de Misión Médica se plantea que:
1. Todas las entidades, personal y equipo sanitario de salud, deben estar debidamente registrados ante el Instituto Departamental de Salud de Nariño para portarlo.
2. Todo el personal de salud que porte el emblema debe estar capacitado previa utilización del mismo.
3. Los equipos extramurales, tanto el personal como el equipo sanitario, deben estar adecuadamente identificados a través de carnés, banderas o chalecos marcados con logotipo de Misión Médica.
4. Su uso es exclusivo del personal de las áreas de la salud en cumplimiento de sus funciones.
5. Los vehículos autorizados para portar en forma permanente el emblema de Misión Médica son las ambulancias y los que pertenecen a las entidades de salud y que se están utilizando en el cumplimiento de sus funciones.
6. Ningún vehículo particular o de instituciones diferentes al sector salud, puede portar el emblema, salvo cuando dentro del mismo se esté trasportando personal de salud en desarrollo de sus funciones.
Con el fin de garantizar los principios de neutralidad, imparcialidad, distinción y secreto profesional, el Instituto Departamental de Salud de Nariño desarrolla acciones de inspección, vigilancia y control para el cumplimiento de la normatividad vigente y solicita a la comunidad en general informe oportunamente sobre irregularidades en torno al uso del emblema de Misión Médica a los teléfonos del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias: 7235036 ó 7232258.