Producción artesanal de panela declarada patrimonio de interés ecológico, económico, gastronómico, social y ancestral

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La Asamblea Departamental de Nariño mediante la Ordenanza 007 declaró la producción artesanal de panela patrimonio de interés ecológico, económico, gastronómico, social y ancestral.

El artículo primero de la Ordenanza 007 del 30 de abril de 2021 señala que se realizó esta declaración “en procura de la salvaguarda, conservación, protección y preservación de la identidad, usos y costumbres de nuestros campesinos, etnias y demás productores nariñenses.”

El artículo quinto señala las funciones que de cumplir el Gobierno Departamental a través de la Secretaria de Agricultura.

1. Adelante las gestiones inherentes a promover, conservar la producción de panela artesanal y sus derivados, bajo la modalidad ancestral de trapiche en el Departamento de Nariño, en concordancia con lo establecido en la ley 40 de 1990.

2. Proponer una política pública integral encaminada a la producción, consumo, comercialización y fortalecimiento de la panela artesanal y sus derivados, encaminada a fomentar su uso como alimento básico en todos los programas nutricionales del Departamento como el Programa de Alimentación PAE, comedores comunitarios, centros de vida, entre otros, y en las compras públicas que ejecuten las diferentes dependencias y entidades del nivel departamental.

3. Generar y apoyar las prácticas agrícolas ancestrales.

4. Promover la protección, fomento y transmisión del conocimiento ancestral, la cultura, sanidad, manejo y comportamiento propio de la producción de la panela artesanal y sus derivados, con enfoque social integral.

5. Apoyar y fortalecer las actividades asociativas, cooperativas y comunitarias de los grupos poblacionales que se dediquen al manejo y explotación de la panela artesanal y sus derivados.

6. Promover el desarrollo social y económico de los productores de panela artesanal y sus derivados, con enfoque diferencial, priorizando los grupos de especial protección constitucional como son las comunidades indígenas, afrodescendientes, víctimas del conflicto armado, mujeres, jóvenes y población dispersa.

7. Generar acciones concretas de promoción turística frente al tema de la panela artesanal y sus derivados, teniendo en cuenta su riqueza gastronómica, cultural que se ha trasmitido por generaciones en el Departamento de Nariño.

8. Contribuir en el uso de buenas prácticas agrícolas, de manufactura y comercialización de la panela y sus derivados, así como la, capacitación integral y adecuada, asistencia técnica integral, investigación, trasferencia de tecnologías, y establecer medidas de protección especial a este importante sector productivo del Departamento de Nariño.

9. El Gobierno Departamental a través de la Secretaria de Agricultura formulara e implementara en la presente vigencia, un plan estratégico que incentive el consumo y demanda de la panela en el departamento de Nariño.

El artículo sexto se refiere al reconocimiento de la mujer rural y especialmente a la mujer panelera.

El artículo séptimo declara el día 15 de agosto como el día Departamental de la panela en concordancia con la ordenanza 012 de 2009, “con el propósito de incentivar su uso y comercialización resaltando las propiedades nutricionales y energéticas.”

Esta es la Ordenanza aprobada por los diputados nariñenses:


A mediados del mes de marzo se radicaron dos proyectos de ordenanza relacionados con la producción de panela: uno presentado por el diputado sandoneño Álvaro Bastidas Bucheli y el segundo lo presentaron un grupo de líderes paneleros nariñenses

Author: Admin

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