Decreto que prohíbe utilización de pólvora, está vigente

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Foto: Extra Noticias

“El Decreto 102
del 12 de octubre el presente año que prohíbe la utilización de pólvora en el
municipio de Sandoná, está vigente
” señaló la secretaria de gobierno Paulina
Guerra Quetamá.

La funcionaria
explicó que mediante el decreto mencionado se adoptan medidas de protección en
relación con la fabricación, distribución, transporte, comercio y uso de
pólvora en el municipio de Sandoná
, se crea el comité municipal de prevención
de lesionados por pólvora y se toman otras disposiciones.
Explicó que la
medida prohíbe la fabricación, el almacenamiento, la distribución, el
transporte, el comercio y el uso de pólvora en el municipio en todas las
categorías señaladas
en el artículo 4° de la ley 670 de 2001.
Dijo que
excepcionalmente podrá autorizarse el uso de artículos pirotécnicos o fuegos
artificiales pertenecientes a la categoría tres del Artículo 4° de la Ley 670
de 2001, el cual refiere: “Pertenecen a esta categoría los artículos
pirotécnicos o fuegos artificiales que representan mayores riesgos y cuyo uso
solo es posible en grandes espacios abiertos y como espectáculos públicos
. Para
su uso y aprovechamiento con fines recreativos se requiere ser experto o técnico
especialista de reconocida trayectoria y pertenecer a empresas cuya fabricación
o producción esté autorizada por el Ministerio de Defensa Nacional.

Señaló que el
alcalde podrá autorizar los mencionados espectáculos públicos previo concepto
de la Policía Nacional, los cuerpos de bomberos o unidades especializadas y el
consejo municipal para la gestión del riesgo, quienes determinarán los sitios y
lugares autorizados y las condiciones técnicas que se requieran
“.
La funcionaria
aclaró que “No se encuentran incluidos en esta excepción la quema de vacas
locas, globos o similares
, por representar un grave riesgo para la vida, salud
y seguridad de los ciudadanos y ciudadanas.”
El decreto de
igual manera señala los temas relacionados con las normas que debe cumplir la
pólvora, los artículos pirotécnicos o fuegos artificiales; el transporte y
almacenamiento de este tipo de material explosivo; el régimen de sanciones y la
competencia.
La norma
establece que si se encuentra a menores de edad manipulando, portando o usando
inadecuadamente pólvora o artículos pirotécnicos, serán protegidos poniéndolos
a disposición de la Comisaria de Familia
, quien determinará las medidas legales
a aplicar.
La Policía
Nacional y/o La Dirección Local de Gestión del Riesgo de Desastres DGRD,
elaboraran y mantendrán actualizado un registro de las personas capacitadas
para el montaje de espectáculos pirotécnicos, el cual se basará en el informe
que les presente la Secretaria de Gobierno de la Alcaldía.
En un reciente
informe el patrullero Darío Meneses Díaz sostuvo que varios operativos los
integrantes de la Estación de Policía incautaron unos 120 kilos de pólvora en
diferentes presentaciones
en desarrollo de la campaña “Ilumina la vida, vívela
sin pólvora”.

Meneses Díaz
recomendó a los padres de familia ejercer control con los menores de edad para
no tener personas quemadas con pólvora en esta temporada
, en la cual por
razones culturales se celebran fiestas religiosas y de fin de año y en los
primeros días de enero el carnaval sandoneño.

Author: Admin

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